13 de enero de 2023
EN EL MARCO DE LA POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU INCLUSIÓN EN LOS EVENTOS CULTURALES, LA ORGANIZACIÓN HA RESUELTO:
– EXCEPTUAR A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DEBIDAMENTE ACREDITADAS DEL PAGO DEL VALOR DE LA ENTRADA PARA EL INGRESO A UNO DE LOS DÍAS DEL FESTIVAL.
– EN EL CASO DE REQUERIR ACOMPAÑANTE, sea para su MOVILIDAD o por ser MENOR DE EDAD, el/la ACOMPAÑANTE DEBERÁ ABONAR EL VALOR DE LA ENTRADA GENERAL.
A los fines de acceder al beneficio, los/las interesados/as deberán ACREDITARSE.
Procedimiento de ACREDITACIÓN: REMITIR desde el día LUNES 16/01/2023 y hasta el días VIERNES 20/01/2023, al correo electrónico [email protected], copia digital (escaneado o fotografiado) de la siguiente documentación:
1) “CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD” (art. 3, Ley N° 22.431) VIGENTE y expedido por AUTORIDAD COMPETENTE (MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN O MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA). Para más información sobre el certificado, ingresar a la página del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.
(https://www.argentina.gob.ar/servicio/como-obtener-el-certificado-unico-de-discapacidad-cud)
2) D.N.I. (anverso y reverso)
3) En el ASUNTO del correo electrónico debe estar expresado claramente UNO de los dos días del festival al que desea asistir. Ej: “Día 2”
No será válido el pedido de acreditación si no cuenta con los requerimientos mencionados completos en su totalidad.
Una vez verificada la información, y teniendo en cuenta el orden de las solicitudes, la organización coordinará con el/la beneficiario/a la entrega de la ENTRADA específica para su ingreso.
En relación a ESPECTÁCULOS, la LEY NACIONAL Nº 22.431 (Sistema de Protección Integral de los Discapacitados) NO ESTABLECE GRATUIDAD PARA LOS ESPECTÁCULOS, y las legislaciones locales sólo adhieren a la Ley Nacional.
Solo existe una Resolución de Presidencia de la Nación que le otorga gratuidad, sólo para los espectáculos ORGANIZADOS POR LA SECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, así también en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 3546 en espectáculos en Dependencias del Gobierno o que el gobierno auspicie.
Así entonces, desde EN VIVO PRODUCCIONES S.A., siempre hemos permitido el ingreso gratuito de las personas con discapacidad por una decisión exclusivamente de la productora en el marco de su POLÍTICA INSTITUCIONAL PARA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU INCLUSIÓN EN LOS EVENTOS CULTURALES, bajo el cumplimiento de los requisitos indicados y con un cupo limitado a su criterio.